Cualquier ciudadano extranjero que desee radicarse en la República Argentina, y obtener residencia temporaria o permanente, según la Ley de Migraciones vigente (Ley 25.871), lo primero que debe hacer es verificar el criterio migratorio que le corresponde, a saber:
Art. 22 – Cónyuge, hijos y padres de ciudadano/a argentino.
Art. 23 – a) Trabajador migrante; b) Rentista; c) Pensionado; d) Inversionista; e) Científicos y Personal especializado; f) Deportistas y artistas; g) Religiosos de Cultos Reconocidos oficialmente; h) Pacientes bajo tratamiento médico; i) Académicos; j) Estudiantes; k) Asilados y Refugiados; l) Nacionalidad (Ciudadanos de Mercosur, Bolivia, Chile); m) Razones humanitarias; n) Especiales.
La documentación de encuadre migratorio varía según el tipo de radicación que se solicite (permanente o temporaria) y en función de los motivos de la solicitud (familiar, laboral, estudio, refugiado, académico, por nacionalidad etc.).
A los efectos operativos y de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, los modos y requisitos para obtener una residencia –ya sea esta temporaria o permanente– presentan diferencias, según el solicitante sea ciudadano nativo de los Países Miembros y Estados Asociados del MERCOSUR, o Extra–MERCOSUR.
Procedimiento a seguir para tramitar la radicación en la Argentina bajo el criterio de nacionalidad de los ciudadanos miembros del Mercosur:
1. Se debe obtener el Certificado de Antecedentes Penales Argentinos (mayores de 16 años) en la Dirección Nacional de Reincidencia. Los turnos para realizar el trámite se deben pedir a la siguiente pagina web: http://www.dnrec.jus.gov.ar.
2. Pedir turno en Migraciones (DNM) por teléfono o Internet en http://www.migraciones.gov.ar.
3. Preparar toda la documentación necesaria en originales y copia, que en los casos de ciudadanos del Mercosur se debe presentar la siguiente documentación:
• Documento que acredite identidad: Pasaporte, Cedula de Identidad del país de origen o certificado de nacionalidad.
• Sello de ingreso al país (estampado en el pasaporte o en la tarjeta migratoria).
• Certificado de antecedentes penales del país de origen.
• Certificado de domicilio (en la comisaría si vivimos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Registro Civil si vivimos en Provincia de Buenos Aires). También puede suplantarse por un servicio a su nombre o de su esposo/a (Casados legalmente).
• Si se radica a un menor, debe concurrir con uno de los padres.
• Una (1) foto 4×4 color con fondo blanco y liso.
• Pago de la Tasa Migratoria: $300 y el pago por el DNI de $35 (mayores de 16 años) $25 (menores de 16 años).
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